sábado, 27 de agosto de 2016

SOLICITUD DE TERCERAS MATRÍCULAS PERÍODO OCTUBRE 2016 - FEBRERO 2017

SOLICITUDES DE TERCERAS MATRÍCULAS
2016-2017

FECHA DE PRESENTACIÓN: 9 al 12 de septiembre de 2016

1.- PASO: Si ya sabes que haz perdido segunda matrícula y no se podrá solucionar el problema con el docente puedes adelantarte a pedir: "CERTIFICACIÓN DE NO HABER AGOTADO TERCERA MATRÍCULA" ante el Secretario abogado de la Facultad.

2.- PASO: Recabar y conseguir todos los certificados pertinentes que avalen tu solicitud, dependiendo de la causal que apliques según el artículo 159 del Estatuto Universitario y el artículo 4 del Reglamento de Terceras matrículas.

3.- PASO: Realizar la solicitud que encuentras aquí abajo poniendo todos los datos pertinentes (modelo que realicé lo más completo posible, ojo solo es un modelo si ustedes desean realizarlo de manera distinta no hay inconveniente).

4.- PASO: Entregar toda la documentación únicamente en las fechas establecidas.

LUGAR DE ENTREGA: Edificio nuevo Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales. Piso 2, secretaría de la Dirección de la Carrera. Preguntar por Gladys o Vanessa.
5.- PASO: EL MÁS IMPORTANTE: Subir toda la documentación a través del sistema SAU en las fechas establecidas del 09 al 12 de septiembre.

VÍNCULO DEL MODELO DE SOLICITUD PARA SER DESCARGADO EN FORMATO WORD:
MODELO DE SOLICITUD
Quito, día/mes/2016

Señor  Doctor
Patricio Salazar Oquendo.
DIRECTOR CARRERA DE DERECHO
Presente.-

Señor Director:

Nombres y apellidos completos, con cédula de ciudadanía No.: xxxxxxxx, estudiante de la  Carrera de xxxx , del xxxxx semestre solicito a usted de la manera más comedida proceda a revisar el presente caso de solicitud de tercera matrícula en la materia xxxxxx y se autorice en razón de la presente situación:

1.      Aquí explica todos los antecedentes y razones por las que usted perdió segunda matrícula y solicita 3ra.
2.      Debe detallar de la manera más clara y concisa todos los puntos en orden que le conllevaron a perder la segunda matrícula.
3.      Puede usar los numerales necesario para que la información a manera de antecedentes no se vea abultada y sea lo más clara y entendible para el Sr. Director de la Carrera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR 2008
·         Art 26.- Derecho a la Educación.
·         Art 28.- Acceso a la Educación.
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
·         Art 84.- Terceras matrículas: “Solamente en casos establecidos expresamente en el estatuto de la institución, un estudiante podrá registrarse o matricularse hasta por tercera ocasión en una misma materia o en el mismo ciclo, curso o nivel académico”; “En la tercera matrícula de la materia, curso o nivel académico no existirá opción a examen de gracia o de mejoramiento”.
ESTATUTO UNIVERSITARIO 2016
·         Art 159: Matrícula: Si un estudiante solicita tercera matrícula en una o varias asignaturas, el trámite se desarrollará por excepcionalidad y en los siguientes casos:
a)      Calamidad doméstica debidamente fundamentada,
b)      Enfermedad debidamente comprobada con certificado médico otorgado por el Hospital del Día, Hospital del IESS o Ministerio de Salud;
c)      Maternidad;
d)     Problemas académicos y administrativos no imputables al estudiante.
REGLAMENTO DE TERCERAS MATRÍCULAS UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
*Ojo: Aquí especifica cuál de las excepcionalidad va usar el estudiante o la razón por la cual está justificando el tener tercera matrícula.
Art. 4. La  excepcionalidad contempla los siguientes casos:
a)    Calamidad doméstica debidamente fundamentada;
b) Enfermedad debidamente comprobada con certificado médico otorgado por el Hospital del Día, Hospital del iESS o Ministerio de Salud;
c)    Maternidad;
d)   Problemas académicos y administrativos no imputables al estudiante;
e)    Cuando el requirente demuestre haber aprobado el 60% o más de la malla curricular de su carrera y no haya registrado otra tercera matrícula en su historial académico.  Esta excepcionalidad será concedida por una sola vez y en una sola asignatura.
SOLICITUD EXPRESA:

Habiendo expuesto los antecedentes que me llevaron a cursar tercera matrícula en la materia xxxxx, adjuntando mi certificación de no haber agotado tercera matrícula, haciendo uso de la causal xxxxxx del Estatuto Universitario, misma que está contemplada de igual forma en el Reglamento de Terceras Matrículas; y adjuntando los certificados pertinentes que demuestran lo antes expuesto; muy comedidamente le solicito se digne en AUTORIZAR LA TERCERA MATRÍCULA DE LA MATERIA XXXXX.
En caso de negativa muy comedidamente le solicito se sirva exponer su resolución de manera motivada según lo establece la Carta Magna en su artículo 76 numeral 7 literal l).

ADJUNTO:

·         Registro de materia perdida en segunda matrícula.
·         Certificación de no haber agotado tercera matrícula.
·         Certificado habilitantes de mi solicitud.

Por la favorable atención, le anticipo mis agradecimientos.
ATENTAMENTE


Firma
Nombres y apellidos completos



No.: C.C.:


ESTATUTO UNIVERSITARIO UCE 2016 APROBADO POR EL CES

Pueden acceder a la versión de PDF del Estatuto Universitario UCE 2016 dando click en el siguiente link o puedes visitar la página del Consejo de Educación Superior directamente:




FECHA DE APROBACIÓN: 16 de agosto de 2016

REGLAMENTO DE TERCERAS MATRÍCULAS-UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

REGLAMENTO DE TERCERAS MATRÍCULAS
 EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
CONSIDERANDO:

·         Que el Artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que “Solamente en casos establecidos expresamente en el estatuto de la institución, un estudiante podrá registrarse o matricularse hasta por tercera ocasión en una misma materia o en el mismo ciclo, curso o nivel académico”; “En la tercera matrícula de la materia, curso o nivel académico no existirá opción a examen de gracia o de mejoramiento” y,

·         En uso de la atribución contenida en el Art. 14, numeral 2 del Estatuto,

RESUELVE:
Expedir el siguiente

REGLAMENTO DE TERCERAS MATRICULAS PARA EL PREGRADO:

Art. 1.  El estudiante tiene derecho a tercera matrícula, en una misma asignatura, solamente en casos establecidos excepcionalmente en el estatuto de la institución, y lo hará en el siguiente ciclo o semestre de aprobada la solicitud.

Art. 2.  Los estudiantes que aspiren a  tercera matrícula presentarán una solicitud dirigida al Director de Carrera de la respectiva Facultad, dentro del  plazo previsto para estos casos por la Facultad.  

Art. 3.  Las solicitudes  y la documentación presentadas serán estudiadas por el Director de Carrera, quien informará respecto de la aceptación de los justificativos para la excepcionalidad y las asignaturas que debe tomar el estudiante, incluyendo necesariamente las de tercera matrícula, sin superar el 40% de los créditos posibles en el semestre correspondiente. De ser el caso, la segunda y tercera instancia serán las señaladas en el Estatuto.

En el caso que no haya Director de Carrera, corresponderá al Subdecano presentar el informe pertinente, en aplicación al inciso final del Art. 109 del Estatuto Universitario.
*Art. 4. La  excepcionalidad contempla los siguientes casos: 

a)    Calamidad doméstica debidamente fundamentada;
b) Enfermedad debidamente comprobada con certificado médico otorgado por el Hospital del Día, Hospital del iESS o Ministerio de Salud;
c)    Maternidad;
d)   Problemas académicos y administrativos no imputables al estudiante;
e)    Cuando el requirente demuestre haber aprobado el 60% o más de la malla curricular de su carrera y no haya registrado otra tercera matrícula en su historial académico.  Esta excepcionalidad será concedida por una sola vez y en una sola asignatura.

Art. 5.  El estudiante de una carrera que utilizó tercera matrícula en una misma asignatura reprobándola, puede cambiarse por una sola vez a otra Carrera de la misma Facultad u otra Unidad Académica de la Universidad, en cuyo pensum de estudios no contemple  ninguna asignatura con los mismos contenidos.

Art. 6.  Si el estudiante viene de otra Universidad o es reingresantese sujeta a las mismas disposiciones previstas en el Art. 5 de este Reglamento.

Art. 7. El estudiante que hace uso de tercera matrícula puede matricularse en las materias que no tienen como requisito la/s asignatura /as de tercera matrícula.

Art. 8. En la tercera matrícula de la materia o materias no existirá opción a examen de gracia o de mejoramiento. “El examen de gracia o mejoramiento, corresponde al examen supletorio”. (H.C.U. sesión 8-II-2011).

Art. 9.  La primera y segunda matrícula, son susceptibles de anulación solo hasta después de treinta días de iniciado el ciclo, curso o nivel académico, luego de este plazo se asumirá como cursada aún cuando el estudiante no tenga registradas calificaciones y asistencias en la Secretaría de la Carrera.

Art. 10.  El estudiante pueda solicitar, por una sola vez, la anulación de la tercera matrícula, previa la certificación de la Secretaría de la Facultad de no haber registrado calificaciones y asistencia durante el período académico, semestre o año lectivo en curso, finalizado el cual no podrá solicitar dicha anulación.

SALUDO DE BIENVENIDA Y RAZÓN DE CREACIÓN DEL PRESENTE BLOG

En este Blog podrás encontrar solución a todos tus problemas académicos, administrativos y de todo tipo con los que puedas toparte en tu vida centralina.

Un blog solo para estudiantes de la Universidad Central del Ecuador, creado por Erik Barba.

La presente ayuda se crea como solución a los problemas de los estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia inicialmente y se hace extensivo a toda la comunidad universitaria con la aplicación práctica de modelos de solicitudes u oficios, la normativa legal pertinente a usarse, tips prácticos y las últimas noticias de la Universidad en todos sus
estamentos: Autoridades, Docentes, Estudiantes y Trabajadores.